CENTRO DE ATENCIÓN Y MONITOREO DE ACOSO Y VIOLENCIA POLÍTICA
QUÉ ES EL CENTRO
El Centro de Atención y Monitoreo de Acoso y Violencia Política es un servicio de la Asociación de Concejalas y Alcaldesas de Bolivia (ACOBOL), creado en el año 2018, implementado para la defensa de los derechos políticos de las mujeres autoridades democráticamente electas del ámbito municipal, debido al incremento de casos de acoso y violencia política registrados en diferentes Gobiernos Autónomos Municipales (GAM), afectando el ejercicio pleno de los derechos de las autoridades.
A través del Centro, se facilita el acceso a la justica de las mujeres en situación de vulneración de sus derechos políticos, brindándoles contención, asesoramiento legal sobre el caso, orientación de las vías legales a seguir, según la gravedad de los hechos denunciados, conforme lo establecido en la Ley 243 “Contra el Acoso y la Violencia Política hacia las Mujeres” y DS 2935. Se realiza el acompañamiento institucional en las vías de denuncia, la emisión de notas de respaldo institucional de ACOBOL, haciendo conocer a los agresores, los derechos políticos que asisten a las mujeres que ejercen funciones político públicas, mismos que se encuentran amparados en normativas tanto internacionales como nacionales.
En casos de notoria gravedad que pongan en riesgo la vida o integridad de las afectadas, se emiten Pronunciamientos Públicos exhortando el respeto de los derechos políticos de las afectadas y haciendo conocer que el Acoso y Violencia Política, constituyen delitos en el ordenamiento jurídico nacional. Asimismo, se coordina el apoyo interinstitucional, a través del Mecanismo de Prevención y Atención Inmediata, para la defensa integral de las víctimas.
Por otra parte, a través del Centro se realiza el seguimiento y monitoreo de los casos reportados en todas las instancias de tramitación de la denuncia, estas acciones, permiten contar con datos precisos y confiables frente al estado de situación de cada una de las denuncias y el avance de las mismas.
Los datos y reportes generados por el Centro de Atención y Monitoreo de Acoso y Violencia Política, constituyen un elemento importante de incidencia, para la generación de políticas públicas en la lucha contra la violencia hacia las mujeres.
OBJETIVO GENERAL
Facilitar el acceso a la justicia y defender los derechos políticos de las mujeres Concejalas y Alcaldesas, que se encuentren en situación de acoso o violencia política, a fin de asesorarlas y respaldarlas en todas las instancias que correspondan, para la restitución de sus derechos.
OBJETIVOS ESPECÍFICOS
- Articular acciones de defensa conjunta, con instituciones que atienden la problemática, para brindar el respaldo integral a las afectadas.
- Monitorear y realizar el seguimiento de los casos de acoso y violencia denunciados.
- Generar información estadística sobre los casos de acoso y violencia política denunciados en todas las instancias de tramitación.
- Realizar investigaciones sobre la problemática del acoso y violencia política, sus causas sus efectos, los cuellos de botella que impiden la aplicación efectiva de la Ley Nº243, los vacíos legales que aún existen en la problemática, entre otros aspectos.
- Realizar acciones de prevención contra el acoso y violencia política, a través de talleres de socialización, capacitación, sensibilización, dirigidos a diversos públicos.
DATO HISTÓRICO DE ACOSO Y VIOLENCIA POLÍTICA
FORMULARIO DE DENUNCIAS
Si usted es Alcaldesa o Concejala y está en situación de acoso y violencia política, puede enviarnos su denuncia, llenando el siguiente formulario o escribiéndonos a nuestra línea de WhatsApp 71212232
CASOS EMBLEMÁTICOS
Juana Quispe, una joven autoridad que, tras ejercer su atribución de fiscalización, denunció una serie de irregularidades que se estaban dando en la gestión del Alcalde, razón por la cual, a través de distintos mecanismo fue apartarla del cargo, por lo que interpuso una Acción de Amparo Constitucional que salió a su favor, pese a ello no permitieron su reincorporación y que tuvo que acudir a instancias penales para denunciar el incumplimiento de la Resolución del Juez de Garantías, luego de sufrir una serie de persecuciones, presiones, amenazas de muerte por parte de autoridades del Gobierno Municipal, su cuerpo sin vida fue encontrado a orillas del Río Orkojahuira de La Paz, fue asesinada en marzo del año 2012 en condiciones que hasta la fecha se siguen investigando, sin que exista un avance significativo al respecto. El caso de la Concejala impulsó a la aprobación de la Ley N° 243.
La Concejala Vicencia Apaza Cachi, en cumplimiento de su atribución de fiscalización denunció irregularidades que se estaban dando en su municipio, razón por la cual, el Alcalde en complicidad con otros miembros del Concejo, se dieron formas para apartar a la Concejala del cargo, su mecanismo consistía en no convocarla a las Sesiones del Concejo o cuando la convocaban realizaban la Sesión en un lugar diferente del señalado, por lo que, se vio en la necesidad de adquirir una motocicleta y aprender a conducirla para poder asistir a las Sesiones a la brevedad posible, ya que se enteraba por los mismos comunarios los lugares donde se estaban desarrollando las sesiones, pese a ello, haciendo ver que incurrió en una serie de faltas le iniciaron un proceso interno por supuesto abandono injustificado de funciones, sancionándola con la destitución definitiva del cargo, a raíz de ello, la Concejala interpuso una Acción de Amparo Constitucional y la Resolución emitida por el Juez fue a su favor, sin embargo los salarios correspondientes a 8 meses siguen sin ser cancelados.
La Concejala Juana Choque fue obligada a presentar su renuncia, bajo amenazas, agresiones físicas y psicológicas por parte de su Suplente y otras Autoridades Indígena Originaria Campesinas, todo con la finalidad de que el suplente asuma el cargo de Concejal Titular, asimismo, obligaron al Concejo Municipal a emitir una Resolución aceptando su renuncia, el Tribunal Electoral Departamental de la Paz, en aplicación del Reglamento Para el Trámite de Renuncias y Denuncias por Acoso y Violencia Política de Mujeres Candidatas, Electas o en Función Político Publica, al evidenciar que la renuncia fue forzada, remitió los antecedentes al Ministerio Público para su investigación y negó la habilitación del suplente.